Crédito Empresarial

Créditos directos otorgados, en moneda nacional y moneda extranjera, a personas naturales o jurídicas destinados al financiamiento de actividades empresariales urbanas y rurales de producción, comercialización de bienes y prestación de servicios.

Beneficio:

  • Atención rápida y personalizada.
  • Te permite acceder a campañas siempre que seas puntual.
  • Garantía simple hasta 80,000.

Caracteristicas:

  • Monto mínimo: S/ 500 y Máximo: Según evaluación.
  • Plazo mínimo: 30 días y máximo: Para capital de trabajo 18 meses y para activo fijo 48 meses.
  • Frecuencia de pago: De acuerdo a evaluación.
  • Destino: Capital de trabajo, activo fijo.

Requisitos:

  • Calificación 100% Normal en la central de riesgos.
  • No tener ningún impedimento legal.
  • Mínimo seis (06) meses de experiencia en el negocio.
  • RUC, o Licencia de Funcionamiento y/o documentos que acrediten la continuidad del negocio.
  • Copia del último recibo de luz, agua o teléfono cancelado (para zona urbana) con una antigüedad no mayor de 02 (dos) meses y/o documento que acredite el domicilio del solicitante (para zona rural).

Riesgos:

1) En caso de incumplimiento en el pago de la obligación se tiene las siguientes consecuencias:

  • Reporte a las centrales de riesgos con la calificación diferente a normal.
  • Visitas domiciliarias del titular y/o garantes para requerir el pago.
  • Llamadas telefónicas y de mensaje de texto requiriendo el pago.
  • Notificaciones al titular, cónyuge y/o garantes.
  • Envío de cartas notariales.
  • Cargo de intereses moratorios e intereses compensatorios vencidos por cada día de atraso.
  • Se podrá dar por vencido el plazo del crédito y exigir el inmediato reembolso de la totalidad de la suma adeudada.
  • Gastos judiciales y/o extrajudiciales.
  • Embargos y adjudicación de bienes

2) En caso de refinanciamiento de la deuda se tiene las siguientes consecuencias:

  • Modificación de la condición del crédito de vigente a refinanciado.
  • Reporte de la nueva calificación (mínimo CPP) a la central de riesgos.
  • Nuevo cronograma de pago.
  • En caso de incumplimiento del nuevo cronograma de pago se procederá a reclasificar el crédito en una categoría de mayor riesgo.

Conversión de moneda:

En caso de realizar el pago en una moneda distinta a la moneda de desembolso del crédito, se realizará la conversión al tipo de cambio vigente de la ventanilla al día en que efectivamente se realiza la operación.

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Esta información se proporciona de acuerdo a lo estipulado en la Ley N° 28587 “Ley complementaria a la ley de protección al consumidor en materia de servicios financieros” y el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero aprobado mediante Resolución SBS N° 3274-2017.