Créditos directos o indirectos otorgados, en moneda nacional o extranjera a personas naturales o jurídicas destinados al financiamiento de actividades empresariales urbanas y rurales de producción, comercialización de bienes y prestación de servicios.
Requisitos
- Tener mayoría de edad.
- Tener documento de identidad o DNI.
- No tener ningún impedimento legal.
- Ser micro, pequeño o mediano empresario.
- Tener Número de Ruc y/o Licencia de Funcionamiento (opcional).
- Tener domicilio estable, caso contrario deberá ser afianzado por una persona que si lo tenga.
- Tener como mínimo seis (06) meses de experiencia empresarial.
- Presentar documentos de propiedad o posesión, de bienes propios o de fiadores, que garanticen el crédito a otorgar.
- Si es persona jurídica además deberá presentar documentos que acrediten la existencia y funcionamiento de la empresa. Además, de los poderes del representante legal.
- Tener calificación Normal en las centrales de riesgos.
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Esta información se proporciona de acuerdo a lo estipulado en la Ley N° 28587 “Ley complementaria a la ley de protección al consumidor en materia de servicios financieros” y el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero aprobado mediante Resolución SBS N° 3274-2017.